domingo, 3 de octubre de 2010

Los lobos están de vuelta en el dial FM

¡¡ ALERTA SOCIOS!! A CUIDAR LO CONQUISTADO
En los últimos meses hemos venido asistiendo a reuniones con Subtel. De acuerdo a lo que significara la aplicación de la nueva Ley. Esto no ha sido fácil y. mas bien hemos tomado una posición a la defensiva ante la autoridad. Que mas de alguna vez nos ha hecho saber que ellos son la autoridad y "son los que mandan".De esa manera, difícil mantener un dialogo transparente y constructivo. La interpretación que busca darle la actual autoridad a la Ley no nos parece. Y para eso llamamos a nuestros asociados a permanecer en estado de ALERTA A CUIDAR LO CONQUISTADO, para que no nos pasen "goles" . Ya tuvimos un primer intento en la tramitación del Reglamento, que se pretendía "visar contenidos " y otorgar atribuciones a la División de Organizaciones Sociales (DOS ), cuando solo se pedía un procedimiento de obtención del certificado, requisito solicitado para la presentación ante SUBTEL .
Que temas son los pendientes con SUBTEL , en proceso de definición
1.- PROCESO MIGRACION : cual será el sistema a operar para instalar a las radios comunitarias en el segmento asignado. Presentamos una propuesta entre ANARCICH Y ARCHI para ello. Actualmente estamos en espera de la contrapropuesta de SUBTEL.
2.- PROCESO DE TRANSFERENCIA : los titulares de concesiones de minima cobertura cuenta con la posibilidad de transferir sus concesiones a organizaciones sin fines de lucro. ANARCICH debería transferir 76 concesiones. Sosteníamos que alrededor de 300 íbamos acogernos a la nueva ley. Actualmente SUBTEL informo a todas las empresas privadas y comerciales para hacerlo. Lo cual limitara el acceso a los segmentos de hacerlo todas las empresas.
3.- DECRETOS PENDIENTES existen muchos decretos pendientes por temas de renovación, asignación de concesiones últimos concursos , cargos que se han hecho y no se han resuelto , etc De acuerdo a la autoridad ya no emitirían mas Decretos, quedando a fuera a todo aquel que no publico antes del 4 de mayo de 2010. Por que los concesionarios debemos perder nuestro derecho por negligencia de SUBTEL , que no saco a tiempo los Decretos ? No basta con decir, es un tema de anterior gobierno .
4.- APERTURA DE CONCURSO no se abrirán los concursos hasta el 2012 .Una vez concluida la etapa de aplicación y proceso migración de las radios comunitarias acogerse a la nueva Ley. Cuanto mas deberán esperar los grupos y organizaciones que desean obtener o regular su situación para la obtención de una concesión. Pues si bien están cerrados los concursos públicos, NO ASI, las fiscalizaciones, persecuciones, allanamientos para las radios comunitarias.
5.- POSTULAMOS NUEVAMENTE se pretende llamar nuevamente a los concesionarios de Minima cobertura a postular en sus respectiva comunas y acogerse a la nueva Ley. Nuevamente tendremos que pagar a técnicos para su postulación y terminar “haciéndole la pega” a la autoridad.

Nos preocupa la situación de interpretación que hace la nueva autoridad y el rumbo que esta llevando la aplicación de la nueva Ley. Debemos de estar en ALERTA. Muchas de estas informaciones no la hemos recibido por el conducto oficial. La sabemos a través de AMARC quien se reunió con el Subsecretario.
Solicitamos a los socios estar ALERTA y realizar sus trámites con anterioridad. Los socios que deben de realizar transferencias deben de apurar el trámite. Hoy día nadie puede sentirse seguro de seguir contando con su concesión. Esperamos revertir la situación y mantener los principios que inspiraron la nueva Ley: radios comunitarias para los comunitarios. No para la empresas. Hoy día contamos con un estatuto jurídico que nadie nos regalo. Luchamos por ello. Y no permitiremos interpretaciones que solo buscan adecuar y justificar procedimientos legales que entraban el espíritu de la Ley.-
Debemos mantenernos conectados y difundir la Campaña ALERTA A CUIDAR LO CONQUISTADO en todas nuestras emisoras a nivel país. Sigamos defendiendo nuestro derecho a la comunicación e información desde nuestros territorios, generando mas espacios para la participación y la radiodifusión comunitaria .

Saludos

Alberto Cancino
Presidente Nacional
ANARCICH A.G.





RADIOS COMUNITARIAS : NO SOMOS UN PROBLEMA DEL GOBIERNO ANTERIOR
Una vez aprobada la ley 20.433 de Radiodifusión Comunitaria y Ciudadana, muchos comunicadores nos alegramos, ya que después de 16 años se hacía justicia, otorgando mejores condiciones a las emisoras comunitarias para su desarrollo, sin embargo en los últimos seis meses , nos vamos encontrando con novedades en su interpretación y aplicación de la nueva Ley por la nueva autoridad.
Entre los puntos pendientes por SUBTEL esta el proceso de migración en donde Asociación Nacional de Radios Comunitarias y Ciudadanas de Chile (ANARCICH) y la Asociación de Radiodifusores de Chile (ARCHI) presentaron una propuesta a la Subsecretaria de Telecomunicaciones (SUBTEL) considerando los factores que inciden directamente sobre el proceso de migración de las actuales concesiones a la franja creada por la nueva ley.
Esta presentación realizada por las dos gremiales radiales más importantes del país considera la aplicación de nuevos valores tanto para definir la zona de servicio de las estaciones, como para las relaciones de protección (no siempre respetadas para las radios de mínima cobertura) y adaptando el método de cálculo de las zonas de servicios. Todo ello, considerando el desarrollo de las nuevas tecnologías y que requiere por parte de la autoridad voluntad política e impulsar revisión de la normativa aplicadas a fin de adaptarla a los cambios solicitados por ambos gremios..
Otro tema pendiente son los procesos en torno a la asignación de concesiones de concursos públicos que aun no se ejecutan por parte de la SUBTEL, en espera del decreto Supremo, situación que ocurrió mucho antes de que la nueva ley se promulgara.
Debido a esto muchos concesionarios esperan que se otorgue el decreto para salir al aire, con respecto a esto la actual autoridad ha señalado que no tendrán dicho documento, pues la nueva ley fue promulgada el 4 de mayo 2010, por lo tanto quien no publico su decreto antes de esa fecha queda fuera.
Producto de esto son cientos los comunicadores que perderían sus concesiones sea por asignación de concursos no resueltos, temas pendientes de concurso, cargos que se hicieron y no se resuelven a la fecha, esta de mas decir, que nunca se dieron razones de la demora del decreto.
Por lo tanto la duda que salta es por que deben “pagar” estos concesionarios por “negligencias” y “problemas administrativos “ propios de SUBTEL, y perder su derecho a la concesión ganada en concursos públicos.
Un tercer tema. Con la autoridad anterior el proceso de incorporarse a la nueva ley iba a ser expedito y sencillo, sin embargo hoy día se habla de presentar nuevamente proyectos para acogerse a la nueva ley, lo implica pagar proyectos a ingenieros con un costo que va de los 300 a 600 mil pesos. Que facilidad tenemos los concesionarios comunitarios para cumplir nuestra misión de desarrollar una comunicación comunitaria, si nos encontramos con permanentes obstáculos. La autoridad debiera darse mas tiempo para generar soluciones y crear condiciones a este nuevo segmentos de la radiodifusión, que buscar interpretaciones jurídicas que solo traban el acceso de los difusores comunitarios al espectro radial.
Apertura de Concurso públicos, durante este año y el próximos los concursos públicos para la radio comunitaria permanecerán cerrado. Debido a la aplicación de nueva ley. Pero no así las fiscalizaciones, persecuciones y allanamientos de equipos de radios que buscan acceder al espectro radioeléctrico y ejercer su derecho a la comunicación. No podrán regular su situación pues los concursos permanecerán cerrado. La nueva Ley les ha generado nuevas esperanzas de acceder a una concesión. Pues ya no tendrán que lidiar en los concurso públicos con empresas comerciales y consorcios privados que se adjudican las concesiones.
Lo que debe saber la nueva autoridad, que la ley fue creada para mejorar la condiciones del sistema discriminador, injusto y arbitrario reinante en telecomunicaciones para las radios comunitarias .
La nueva ley busca resolver problemas que el anterior marco legislativo no pudo solucionar y no volver a crearlos, un buen ejemplo de ello, es el llamado de SUBTEL, en incentivar a las personas jurídicas comerciales y privadas ha “aprovechar la oportunidad de transferir” de la mínima cobertura a la nueva ley comunitaria. Lo que significara volver al problema denunciado del “mal uso y abuso” de las concesiones comunitarias por empresas comerciales. Y que la Ley busco resolver. El congreso estableció la titularidad de quienes podían obtener concesiones, discriminando a favor de organizaciones sociales sin fines de lucro, que se ven afectadas , pues deben lidiar los concursos públicos con estas empresas que solo buscan lucrar.
Por lo tanto, a la autoridad solicitamos instalar procesos transparentes y participativos. No basta con sentarnos a la mesa para escuchar a la autoridad. Los temas deben ser dialogados y buscar las soluciones en conjunto. Somos parte del problema y también de la solución. Para los temas de la radiodifusión no basta cambiar membrete de “comerciales” a “comunitarias” a los procesos ya instalados en las telecomunicaciones. Se requieren de procesos distintos, personal aplicado a este nuevo segmento de radiodifusión comunitaria, revisar y aplicar normativas propias, y no “adaptables” de la comercial a la comunitaria.
Somos un proceso naciente de ciudadanos que exigimos ejercer nuestro derecho a la comunicación, a la información, a tener nuestros propios medios de comunicación y nuestra propia ley. No somos un problema que dejo el anterior Gobierno.


Por la Asociación Nacional de Radios Comunitarias y Ciudadanas de Chile ANARCICH

El 4 de mayo de este año, fue promulgada la nueva Ley de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana. Esta nueva legislación tiene como objetivo dar mejores condiciones técnicas y jurídicas para el funcionamiento de las radios comunitarias en Chile.

Un tema fundamental de la ley, era garantizar y asegurar que las organizaciones sociales, culturales y ciudadanas pudieran obtener la administración y la titularidad de estos medios comunitarios.

En la génesis de la nueva legislación estaba el resolver la denuncia de 150 empresas comerciales y privadas que ostentaban estas concesiones y las administraban comercialmente, tergiversando el sentido comunitario, por lo ello, se estableció en la nueva ley que la titularidad de las concesiones pasaba a personas jurídicas sin fines de lucro, lo que fue aprobado por ambas cámaras en el Congreso, aceptando su discriminación a favor de organizaciones que no busquen el lucro.

Lo lamentable a esta fecha y en el proceso de aplicación de la nueva ley, es que a través de un documento emanado de la Subsecretaria de Telecomunicaciones (SUBTEL), se les comunica a todas esas empresas comerciales y privadas que podían acogerse a la nueva ley dejando de lado lo esencial de la nueva legislación.

Estas mismas empresas que fueron cuestionadas y dejadas afuera por no cumplir con los objetivos comunitarios y culturales, reciben el ofrecimiento de parte de SUBTEL en donde se les otorga la “oportunidad” de aprovechar este gran “combo” para que realicen sus transferencias y puedan mantener sus concesiones, no importando que muchas de ellas, no cumplan la norma de hacer comunicación comunitaria.

Me imagino no es un tema de contenido, por lo tanto no demuestra mayor interés en cuidar el mal uso dado por estos concesionarios. Es decir, invita a los lobos nuevamente vestirse de cordero y no perder esta oportunidad al breve plazo, para transferir sus concesiones.

De que manera SUBTEL asegurara la participación de organizaciones sociales que esperan acceder al espectro radioeléctrico. Los segmentos son bien limitados en cada región.

Muchas de estas organizaciones no pueden acceder porque se encuentran con estas empresas que lucran a través de la radio, dejando en los concursos públicos fuera a organizaciones territoriales cuyo fin es hacer comunicación comunitaria y no negocio.

Hasta cuando las organizaciones sociales seguirán siendo perseguidas, allanadas, despojadas y violentadas para regular su situación, si medidas como estas siguen obstaculizando su acceso al dial, entonces deberán seguir esperando a que la autoridad en primer lugar, acomode y facilite condiciones para que “los lobos” se “reconviertan “ y mantengan su lugar en el espectro.

De que valió la espera de 16 años de una nueva normativa que favorezca a las organizaciones sin fines de lucro, que buscan trabajar por una comunicación comunitaria y no comercial, que nos falta más por esperar de la nueva autoridad y su interpretación de la ley.

¡Cuidado! Los lobos están de vuelta para ejercer su derecho a la mercantilización en el espacio comunitario.








FONDO DE MEDIOS DE COMUNICACION ¿A QUIENES PRIVILEGIAN ?

Así es, a través de un modificación de la ley de prensa, el ministerio
Secretaria General de Gobierno por una iniciativa de la ministra Ena
Von Vaer, pretendió ayudar a las radios que sufrieron algún tipo de
daño durante el pasado Terremoto del 27 de febrero.

La ayuda comprendería la posibilidad de reconstruir instalaciones,
reemplazar equipamiento y adquisisión de equipos electrógenos para las
radioemisoras.

Así fué señalado por la vocera de gobierno en reunión realizada en
conjunto con el Presidente de ARCHI Luis pardo y el Presidente de
Nuestro gremio ANARCICH, Alberto Cancino.

Imaginamos que con la intención de no despilfarrar recursos, las bases
en la araucania, al menos, dejaron fuera de participación a quienes no
tenían la posibilidad de acogerse a nuestra nueva ley de radios
comunitarias 20.433, lo que desde nuestro gremio apaudimos.
(Se entiende empresas y grandes cadenas)

Ahora Publicados los resultados, y sin la posibilidad de poner sobre
aviso a las autoridades regionales analisemos un poco los resultados;

Se coartó en las bases la posibilidad de adquirir equipos electrógenos
para nuestras radios comunitarias, ya que las bases exigía una
potencia mínima de 5KW con partida y transferencia automática.

Porque:

1) 5KW es una potencia capás de alimentar unas 4 radios comunitarias
en forma simultánea

2) Nunca se consideró tener los estudios en distinto lugar que la
planta transmisora, con lo que
se requieren 2 equipos electrógenos

3) Un equipo con partida y transferencia automática, por
requerimientos técnicos debe ser
Diesel y con ello el valor de este sistema es extramadamente alto $
aprox $ 4.500.000
y recordemos que deben ser 2 sistemas similares
(Para una radio comutaria un equipo convencional y suficiente tiene un
costo de $420.000)

Además nos llama poderosamente la atención:

1) Lo poco ético que la radioemisora perteneciente al presidente
regional de ARCHI sea
favorecida con recursos, Cabe señalar que ARCHI regional es parte del
consejo evaluador de
estos proyectos.

2) Que curioso que un medio de comunicación televisivo sea favorecido
sin tener la concesión

creemos que las autoridades deben poner ojo en los "Arreglines que se
provocan al interior de estas asignaciones desde hace mucho tiempo"

El Saavedra hay 2 estaciones comunitarias que resultaron con daños, La
Radio La voz del Budi ubicada en la isla LLepo que sufrió daños
importantes en sus instalaciones al caer una pared.

¿ y la antena de la radio la granja?

¿ y los micrófonos de la radio Werken ?

Y la radio creaciones que estando lista para ponerse en marcha no
alcanzó ni siquiera a iniciar su servicio por la situación que todos
conocen por la torre de agua

no es necesario dar más ejemplos, recordar episodios, o contar
infidencias; al fin, el tema es que el Fondo de medios 2010 modificado
por este año principalmente para reconstruir nuestras radios
comunitarias, no favoreció a ninguna radio comunitaria.

Ministra Von Baer, tremendamente agradecidos por solo las buenas intenciones

--
ANARCICH A.G.
ARAUCANIA

Adjuntamos
carta expuesta por nuestro Presidente Nacional en la


Segunda Subcomisión
Especial Mixta de Presupuesto
Honorable Diputado Sr Miodrag Marinovic
PRESENTE

ANARCICH A.G. Es el organismo que agrupa a 300 radios comunitarias y ciudadanas de todo el país, promoviendo una comunicación participativa, pluralista y solidaria en el ámbito de la radiofonía local, asegurando una programación con contenidos socio culturales y temas ciudadanos, promoviendo el desarrollo social a través del respeto a la libertad de expresión y la participación ciudadana en las comunicaciones de nuestro país. .

Agradecemos la invitación en ser consultado con respecto a la modificación a la ley Nº 19.733del articulo transitorio, que se refiere “podrán financiar también, en las regiones declaradas zona de catástrofe con motivo del terremoto del 27 de febrero de 2010, la reconstrucción o reparación de infraestructura dañada de los medios de comunicación social. Incluyendo equipos, instalaciones, antenas y bienes inmuebles donde estos funcionen en forma permanente. Se podrán además, en todas las regiones del país, postular al financiamiento de los proyectos de adquisición e instalación de grupos generadores electrógenos respecto de los servicios de radiodifusión sonora”.

Como Asociación de Radios Comunitarias de Chile; ANARCICH; estamos de acuerdo y no tenemos objeciones, a la ampliación del objeto ; pues permitirá que cientos de emisoras puedan acceder al Fondo de Fomento de Medios y mejorar la infraestructuras de sus sedes, equipos , y estructuras que permite a la ciudadanía acceder día a día a la programación de nuestras emisoras. Muchas de nuestras emisoras fueron afectadas a lo largo del país. En materia de infraestructura, equipos, etc. por modestos que éstos sean. Fueron alrededor de 100 emisoras comunitarias las afectadas a nivel nacional.

Nuestras emisoras, el día del terremoto, y una vez que se logro retomar las transmisiones en precarias condiciones, e improvisados estudios supieron cumplir con su rol de comunicadoras en un momento de catástrofe, colocando al aire sus emisoras... En horas donde reinaba la desorientación, el saqueo, el pesimismo, el aislamientos y la catástrofe. Muchas de ellas emitidas por los canales de TV. La Radio Comunitaria, muy por el contrario, emitía mensaje de orientación, información y positivismo. Algunas emisoras lo hacían desde sus improvisados estudios montados en patios y plazas para llevar un mensaje esperanzador e información a la comunidad de la situación país. Otros dispusieron sus estudios y micrófonos a la autoridad y poder orientar, organizar, informar y administrar la ayuda a la comunidad que demandaba información. Otros compartían sus equipos, estudios con radios comerciales para desarrollar y aunar esfuerzos para enfrentar la catástrofe, sin mediar disputa entre ellas.

Con ello, los radiodifusores y sus radios comunitarias siguen demostrando ser un actor preponderante para la comunidad. Valorar y reconocer el vínculo con la comunidad organizada, evidenciaron, su justo rol y papel que juegan estos medios para el fortalecimiento de la sociedad civil.

Las radios Comunitarias, no hace mucho, contaban con una legislación coercitiva y discriminatoria que permaneció por 16 años, que impedían y limitaban su desarrollo como medio de comunicación. Después del 4 de mayo de este año, se promulga una Ley de Radiodifusión Comunitaria y Ciudadana, reconociéndola como un actor en las comunicaciones y otorgando un estatuto jurídico que permitirá mejorar su situación jurídica y técnica. Pero no así financiera. Si bien la Ley nos permite contar con algún tipo de publicidad, esta aun es restrictiva, pues solo permite pasar “menciones comerciales “indicando nombre y dirección. En ningún caso podrán emitir propaganda electoral o política”. Art 13 Ley Nº 20.433

Necesitamos que exista un Fondo de Fomento para las Radios Comunitarias que permita asegurar su desarrollo en nuestro país.

El Fondo de Fomento de Medios, se hace limitado para las radios comunitarias. En los últimos 3 años (2007-08-09) en la RM, han sido beneficiados 3 emisoras cada año (y siempre las mismas). En Regiones son casos aislados quiénes ganan el Concurso. Lo que nos llevo como Asociación en el año 2009 a desistir de participar en el Fondo a nivel nacional “pues consideramos que el Concursos no aseguraba su transparencia y equidad en la designación de sus fondos “.-.

Desde el año 2007 hemos venido demandando a la autoridad pertinente la presencia de un representante de nuestra Asociación en la Comisión Regional. Como establece el Reglamento la composición de esta Comisión incluye a todo el espectro gremial de medios de comunicación presente a nivel regional: Colegio de periodistas; Asociación de Radiodifusores (ARCHI); y Asociación nacional de la prensa (ANP) Pero no así, la presencia de un representantes de las Radios Comunitarias de Chile.

Si bien compartimos y apoyamos esta iniciativa que va en ayuda de los afectados por el terremoto del 27 de febrero. Creemos que deben existir mecanismos que aseguren y garanticen la transparencia e igualdad de los postulantes ante el Fondo. Así, como también no solo aumentar indicadores de participación y representatividad a nivel nacional. Las radios comunitarias No buscamos privilegios algunos. Pero tampoco seguiremos aceptando discriminaciones.

Las Radios Comunitarias hoy día cuentan con un estatuto jurídico, que bien valió sus 16 años de lucha. Por tanto, las leyes, las políticas publicas y especialmente este Fondo de Medios debe “ponerse al día “ en su reglamento y reconocer su existencia como un actor relevante para las comunicaciones y que la comunidad hace mucho tiempo que las reconoció como medios de expresión y representación ciudadana .


Muchas gracias.

Santiago, 16 de Agosto de 2010


Alberto Cancino Sánchez
Presidente Nacional
ANARCICH AG.
09 496 58 26
Alberto.cancino@gmail.com





ENCUENTRO REGIONAL DE RADIOS COMUNITARIAS “NUEVOS DESAFIOS PARA LA RADIODUFUSION COMUNITARIA Y CIUDADANA EN ATACAMA”

El pasado viernes 15 de Octubre se desarrolló en la ciudad de Copiapó, el Primer Encuentro Regional de Radios Comunitarias y Ciudadanas, bajo el lema “Nuevos Desafíos para la Radiodifusión Comunitaria y Ciudadana en Atacama”.

La actividad, que se desarrolló en el Salón Giancarlo Fiocco del Sernatur, contó con la presencia del Presidente Nacional de la Asociación de Radios Comunitarias y Ciudadanas de Chile ANARCICH A.G., Alberto Cancino Sánchez.

En la ocasión, los representantes de 7 radioemisoras comunitarias de la Región, pudieron conocer los alcances de la Ley N° 20.433, con especial énfasis a los procesos de transferencias y traspasos de emisoras conforme al nuevo cuerpo legal.

El Presidente de ANARCICH, Alberto Cancino, señaló la importancia de este tipo de Encuentros Regionales que viene desarrollando, ya que el de Copiapó se suma al efectuado el 4 de Septiembre en Chillán, y el que se realizará el 30 de octubre en Talca, los cuales son preparatorios al Encuentro Nacional que efectuarán en el mes de Enero en la ciudad de Concepción, y en donde esperan, junto con sentar las bases de la refundación de la ANARCICH, avanzar en los temas propios de la nueva Ley que crea el Servicios de Radios Comunitarias y Ciudadanas.

Por su parte, Horst Kallens Beals, Coordinador Regional de Atacama de ANARCICH, destacó la realización de este Encuentro Regional, por cuanto permitió a los asociados resolver importantes dudas e inquietudes respecto de los alcances de la nueva Ley, fundamentalmente sobre requisitos, procedimientos y plazos para la migración desde el antiguo sistema de Radios de Mínima Cobertura vigentes, al nuevo marco concesional.

Kallens Beals, señaló que en la ocasión se procedió a elegir el nuevo Directorio de la Coordinadora Regional, quedando compuesto de la siguiente manera:

Horst Kallens (Radio Eterno Campeón) – Coordinador Regional
Guillermo Adaros (Radio Nautilius)- Secretario
Alberto Tapia (Radio Amanecer) - Director
Pedro González (Radio Enlaser) - Director


TRANSFERENCIAS DE RADIOS COMUNITARIAS
COMUNICADO

Ley 20.433 sobre Servicios Comunitarios y Ciudadanos de Radiodifusión de Libre Recepción

Personas Jurídicas y Organizaciones que pueden ser Titulares.
Procedimiento y oportunidad para transferir una concesión
de Radiodifusión Sonora de Mínima Cobertura.
Personas Jurídicas y Organizaciones que pueden ser Titulares.


1.- La ley N° 20.433, en lo sucesivo la “Ley”, publicada en la Edición Nº 39.651, de 4 de mayo de 2010, del Diario Oficial creó los Servicios Comunitarios y Ciudadanos de Radiodifusión de Libre Recepción, en adelante los “Servicios”.

En el artículo 2 transitorio de la Ley se dispone que los actuales concesionarios de radiodifusión sonora de Mínima Cobertura, que al momento de publicación de la misma, mantengan vigente su concesión pueden acogerse a la nueva Ley.

Por otro lado, la Ley dispone que sólo pueden ser titulares de una concesión de los Servicios, las personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, a excepción de las corporaciones y fundaciones municipales, que tengan entre sus fines esenciales la promoción del interés general, mediante la prosecución de objetivos específicos de carácter cívico, social, cultural o de promoción de los derechos o principios constitucionales, y que estén constituidas en Chile y tengan domicilio en el país. Se identifican las siguientes organizaciones:

a) Los sindicatos y otras organizaciones de trabajadores.
b) Las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, constituidas en conformidad a la ley Nº 19.418.
c) Las asociaciones gremiales.
d) Las comunidades y asociaciones indígenas, constituidas en conformidad a la ley Nº 19.253.
e) Las comunidades agrícolas.
f) Las iglesias y organizaciones religiosas regidas por la ley Nº 19.638.
g) Las organizaciones comunales de consumidores.
h) Las organizaciones sin fines de lucro que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad, en conformidad a la ley Nº 19.284.
i) Las organizaciones de adultos mayores, sin fines de lucro, inscritas en el registro previsto en la ley Nº 19.828.
j) Las personas jurídicas, sin fines de lucro, que tengan el carácter de establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Estado.
k) Las organizaciones deportivas, regidas por la ley Nº 19.712 o por la ley Nº 19.418.
l) Las agrupaciones de mujeres, constituidas en conformidad a la ley, y las de individuos de un mismo género para la defensa y promoción de sus derechos sexuales y reproductivos en el marco de la Constitución y la ley.

La ley señala además que los órganos de la Administración del Estado no pueden participar directa ni indirectamente en la explotación de los Servicios.

Asimismo, no se podrá ser titular ni explotar a cualquier título más de una concesión de los Servicios.




2.- Procedimiento y oportunidad para transferir una concesión de Radiodifusión Sonora de Mínima Cobertura a una organización que esté contemplada en la Ley

Es importante que, en el evento que su representada tenga interés en ser titular de una concesión de los Servicios Comunitarios y Ciudadanos de Radiodifusión de Libre Recepción y no se encuentre dentro de las personas jurídicas que señala la Ley como aquellas que pueden ser titulares de las mismas, deberá realizar el proceso de transferencia de su concesión a una organización que este contemplada en la Ley.


Dicho procedimiento de modificación por cambio de titular, comprende los siguientes pasos:

2.1 Presentar, ante esta Subsecretaría, una solicitud de transferencia previa de la concesión.

La solicitud debe estar debidamente firmada por los representantes legales de las sociedades interesadas, es decir la parte cedente y la beneficiada, dirigida a S.E. el Presidente de la República, y ser presentada en la Oficina de Partes de SUBTEL o en la SEREMITT de la región respectiva, solicitando una Autorización Previa para transferir la concesión.
Cabe señalar que la solicitud debe contener el Informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, para cumplir el artículo 38° de la ley N° 19.733 de 2001 y ley N° 20.361 de 2009. Transcurrido 30 días corridos, desde la fecha de presentación de la solicitud, sin que el aludido tribunal se pronuncie, el representante legal de la concesión, deberá acompañar un certificado notarial en el cual se señale explícitamente la fecha del requerimiento, la recepción por la fiscalía y la constancia que dicho organismo no ha expresado su opinión, sin perjuicio de adjuntar copia de la solicitud respectiva.
Esta Solicitud se traducirá en una Resolución de autorización Previa, autorizando la transferencia, la que tendrá una vigencia de 60 días hábiles, y que deberá insertarse íntegramente, dentro de ese plazo, en el acto o contrato que dé cuenta de la transferencia.
Asimismo, los interesados deberán acompañar junto con su solicitud todos los antecedentes legales requeridos para ser concesionarios.

2.2 Solicitar modificación de concesión.

Posteriormente, se debe presentar una solicitud dirigida a S.E. el Presidente de la República, solicitando la modificación de la concesión por cambio de titular, adjuntando el instrumento público o privado que de cuenta de la transferencia. Dicha solicitud será tramitada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones y concluirá con la dictación de un Decreto Exento por parte del Ministro de Transportes y Telecomunicaciones mediante el que se concretará la transferencia por cambio de titular.






3.- Oportunidad para solicitar la transferencia de la concesión

La Ley dispuso que un reglamento regularia los aspectos necesarios para la aplicación de la Ley. Una vez publicado dicho reglamento, los interesados dispondrán de un periodo de 180 días para presentar sus solicitudes de acogerse a la nueva Ley. Al respecto cabe reiterar que la Ley señala expresamente qué tipo de organizaciones pueden ser titulares de concesiones del nuevo servicio, por lo tanto, el decreto de transferencia debe encontrarse completamente tramitado, esto es publicado en el Diario Oficial.
Por lo anterior, si el interés de su representada es obtener la titularidad de una concesión del Servicio, Ud. debe, a la brevedad iniciar los trámites para transferir su concesión, en el evento de ser necesario.



Esta información se encuentra disponible en nuestra página web
http://www.subtel.cl/prontus_subtel/site/artic/20100824/pags/20100824151643.html






División Concesiones
Subsecretaría de Telecomunicaciones


Santiago, septiembre de 2010

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