lunes, 29 de diciembre de 2008



Comisiones aprueban ley de radios comunitarias

Este era uno de los grandes temas de discusión dentro del proyecto de ley (boletín 5406), ya que mediante el artículo 12 se facilita que dichos medios incorporen menciones comerciales del ámbito local, siendo uno de los principales puntos de controversia de este tipo de emisoras con las radios comerciales más pequeñas, con quienes competirían por la torta publicitaria.

Sobre este avance, el Subsecretario de Telecomunicaciones, Pablo Bello, quien asistió a la sesión de la instancia que preside el diputado Patricio Hales (PPD), dijo que “se ha aprobado que se puedan generar en estas radios comunitarias alguna vía de ingreso a través de las menciones comerciales, lo que nos parece un elemento muy importante, garantizando que sean entidades sin fines de lucro y con mecanismos muy estrictos en materia de fiscalización”.

El representante del Ejecutivo destacó que este beneficio podrá adquirirse sólo si las radioemisoras cumplen con “obligaciones tributarias que obviamente toda actividad comercial debe seguir, desde este punto de vista estamos muy satisfechos y creemos que es un paso para que la radiodifusión comunitaria pueda desarrollarse de mejor manera en el país”.

El Presidente de la Asociación Nacional de Radios Comunitarias de Chile (ANARCICH), Alberto Cancino, compartió su satisfacción por la aprobación de esta materia ya que según dijo “esto significa que a las radios comunitarias se les va a permitir pasar menciones comerciales, lo cual es un gran logro y se hace justicia, ya que después de 15 años de tener a las radios comunitarias sin ningún tipo de financiamiento, hoy día lo podrán obtener”.

Al respecto, el diputado PPD Jaime Quintana, señaló que la importancia es que “las radios que no tienen fines de lucro hoy día puedan desarrollar su actividad con alguna herramienta un tanto mas competitiva. Creo que es muy importante permitir que estas actividades no mueran pero al mismo tiempo, hay que ser muy cuidadoso para que las pequeñas estaciones radiales en provincias y regiones no vean afectadas su competencia”.

Transmisión de propaganda política

Otro de los aspectos discutidos en la votación en particular de la iniciativa, fue una indicación que había sido presentada por algunos parlamentarios y que buscaba prohibir que las radios comunitarias emitieran propaganda política, la cual fue finalmente rechazada.

Frente a esto, el Presidente de ANARCICH sostuvo que es un gran avance, ya que desde hoy día las radios comunitarias tendrán la posibilidad de crear y difundir la propaganda política de los candidatos. “Es una posibilidad más que se le abre a la radio comunitaria para informar sobre los distintos candidatos a las comunidades apartadas y a la vez, le va a permitir también conseguir algún tipo de financiamiento por esa vía”.

La instancia parlamentaria continuará con la votación de los últimos tres artículos transitorios del proyecto en la próxima sesión, para que luego el texto legal sea enviado a la Sala para su votación.

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NUEVOS ARTICULOS APROBADOS DE LA LEY RADIODIFUSION COMUNITARIA

TITULO III
DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS COMUNITARIOS DE RADIODIFUSION
Artículo 12.-Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 8º, las organizaciones concesionarias de Servicios podrán difundir menciones comerciales o de servicios que se encuentren en su zona de cobertura para financiar las necesidades propias de la radiodifusión, pudiendo además celebrar convenios de difusión cultural, comunitaria, deportiva y de interés público en general. Las organizaciones concesionarias de estos Servicios que realicen menciones comerciales, deberán haber efectuado la iniciación de actividades ante el servicio de Impuestos Internos y, sólo en cuanto al giro publicitario, se sujetarán a lo dispuesto en el inciso final del artículo 21 de la Ley 18.168. La concesionaria de estos servicios deberá asimismo informar a la Subsecretaria de Telecomunicaciones del ejercicio de esta actividad para ser incluida en un registro especial que se creará al efecto.
Las rentas, utilidades, beneficios o excedentes generados por estos servicios pertenecerán a la entidad concesionaria del servicio y no podrán ser distribuidas a sus afiliados, ni aún en caso de disolución.

Artículo 13.-Los titulares de las concesiones quedarán exceptuados del pago de derechos por utilización del espectro radioeléctrico de una concesión.
Artículo 14.-Los Servicios no podrán formar parte de cadenas entre ellos ni con radios comerciales, salvo en casos de emergencia, calamidad o de alto interés publico determinada por la autoridad competente.

TITULO IV DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 15.-Serán motivo de caducidad de la concesión, además de las expresamente señaladas en el artículo 36, numeral 4, de la ley 18.168, General de Telecomunicaciones, las siguientes:
a)El incumplimiento del artículo 12º de la presente ley.
b)El incumplimiento del artículo 14º de la presente ley.
c)El incumplimiento del artículo 8º de la presente ley, cuando se establezca que la concesión está siendo explotada por una entidad distinta al titular de la misma.

Artículo 16 .- En el caso del incumplimiento del artículo 12º de la presente ley, conocerá de tales infracciones el Juez de Policía Local de la comuna de donde tenga domicilio la concesionaria presuntamente infractora, siempre que fuera abogado, o el Juez de Policía Local Abogado de la comuna más cercana.
El procedimiento respectivo podrá iniciarse por medio de denuncia o querella, según corresponda. En lo no previsto en el presente artículo, se estará a lo dispuesto en la ley Nº 18.287 y, en subsidio, a las normas del Código de Procedimiento Civil.
En su comparecencia, las partes podrán realizar todas las gestiones procesales destinadas a acreditar o desvirtuar la infracción y a probar su derecho, incluidas la presentación, examen y tacha de testigos, cuya lista podrá presentarse en la misma audiencia de conciliación, contestación y prueba.
Se considerará especialmente como medios de prueba la grabación registrada ante notario público o ministro de fe equivalente, la que deberá acreditar la fecha, hora y lugar donde se captó y grabó la infracción, el registro público de la Subsecretaría vigente al momento de cometer la infracción, y los documentos mercantiles u otros, si los hubiere.
La emisión de menciones publicitarias por medio de concesiones no registradas para el efecto, será sancionada con multa de 05 a 100 UTM a beneficio municipal.
Como procedimiento de única instancia, todas las resoluciones que se dicten en él serán inapelables y comunicadas a las partes por carta certificada y por oficio a la Subsecretaria de Telecomunicaciones.
En el caso de reincidencia esto es dos o más sanciones ejecutoriadas en contra de una misma concesionaria, previo oficio que le dirija el Tribunal, la Subsecretaría formulará los respectivos cargos al infractor, para efecto de lo señalado en el artículo precedente.

ARTICULOS TRANSITORIOS
Artículo 1º.-Un reglamento del Ministerio Secretaria General de Gobierno, que deberá llevar también la firma del Ministro de Transporte y Telecomunicaciones, y que deberá dictarse en el plazo de 120 días contados desde su publicación en el Diario Oficial, regulará los aspectos necesarios para la ejecución de esta ley.
Artículo 2º.-Los concesionarios de servicios de radiodifusión de mínima cobertura que al momento de la publicación de la presente ley mantengan vigente su concesión conforme a la ley N° 18.168, podrán acogerse a la presente ley.
Para estos efectos, deberán acreditar ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones, dentro del plazo de 180 días contados desde la entrada en vigencia del reglamento señalado en el artículo anterior, el cumplimiento de los requisitos que la presente ley establece para el funcionamiento de los Servicios de Radiodifusión Comunitaria. Todas las solicitudes que se presenten dentro de dicho plazo serán resueltas en forma simultánea, por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, previa declaración de admisibilidad, en el plazo de 180 días.


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COMISION APRUEBA LOS PRIMEROS 5 ARTICULOS DE LEY RADIOS COMUNITARIAS Martes 7 de Julio

Artículo 1° Créanse los Servicios Comunitarios Ciudadanos de Radiodifusión de libre recepción, en adelante los Servicios.
Éstos tendrán como zona de servicio máxima una comuna o una agrupación de comunas, conforme al ámbito de acción comunitaria de la entidad concesionaria.
Son aplicables a los Servicios, en cuanto no se opongan a lo establecido en la presente ley, las disposiciones relativas a los servicios de radiodifusión de libre recepción contenidas en la ley N° 18.168, Ley General de Telecomunicaciones.

Artículo 2º. Para el funcionamiento de los Servicios la Subsecretaría de Telecomunicaciones regulará y garantizará, del modo que lo determine un reglamento, el acceso equitativo a las concesiones de todos los sectores sociales y la optimización del uso del espectro radioeléctrico que se les hubiese asignado, según parámetros técnicos, evitando toda clase de interferencias o superposición con otros Servicios de Telecomunicaciones.

Artículo 3º.-Las concesiones de los servicios se otorgarán en un segmento especial del espectro radioeléctrico atribuido a la frecuencia modulada, tanto en operación analógica como digital, que se extenderá entre las siguientes frecuencias:
a) En la Región Metropolitana entre el 105.9 y el 107.9 MHz, ambas inclusive
b) En la Provincia de Valparaíso y las comunas de Quilpué y Villa Alemana, entre el 106.1 y el 107.9 , ambas inclusive;
c) En la Octava Región entre el 106.9 y el 107.9 , ambas inclusive.
d) En la Provincia de Cautín, entre el 106.7 y el 107.9 , ambas inclusive .
e) en el resto del territorio nacional, entre el 107.1 y el 107.9 , ambas inclusive.
No se podrán otorgar concesiones para los servicios fuera de los segmentos señalados, salvo que se haya agotado en ellos la disponibilidad de frecuencias y existan dentro de los mismos, otras emisoras de frecuencia modulada. En caso alguno, se podrán otorgar concesiones de radiodifusión sonora distintas a las creadas por esta ley, dentro del segmento especial, sin perjuicio de lo establecido en el artículo segundo transitorio.

Artículo 4º Los Servicios estarán conformados por una estación de radiodifusión cuya potencia radiada minima será de 1 watt y su no más de veinticinco watts con una altura de antena de hasta dieciocho metros. La potencia del transmisor y la que se irradia por antena deberán garantizar y asegurar un adecuado nivel de servicio y alcance territorial de la señal radiofónica considerando la zona de servicio concesionada.
Excepcionalmente, previa calificación de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, y tratándose de localidades fronterizas o apartadas, con población dispersa o con alto índice de ruralidad, la potencia radiada podrá ser de hasta cuarenta watts. Los antecedentes para esta excepción deberán ser aportados por la solicitante.

La misma medida señalada en el inciso anterior podrá disponerse cuando el proyecto busque potenciar las identidades culturales de una etnia , y de las lenguas originarias. En este último caso se requerirá, además un informe al Ministerio Secretaria General de Gobierno, el que a través de su División de Organizaciones Sociales , determinara si el proyecto cumple con tales objetivos.

TITULO II
DE LA CONCESION
Articulo 5º Sin perjuicio de lo establecido en el inciso tercero del articulo 1º, la concesión, modificación y funcionamiento de los Servicios se regirá por las reglas que se indican en los artículos siguientes.

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"Ejecutivo presenta indicación a proyecto que crea los servicios de radiodifusión comunitaria ”
Las Comisiones Unidas de Obras Públicas y Libertad de Expresión recibieron al Subsecretario de Telecomunicaciones, Pablo Bello, quien entregó una indicación producto de un acuerdo del Gobierno con la Asociación de Radiodifusores de Chile, ARCHI y la Asociación de Radios Comunitarias de Chile, ANARCICH y que detalla aspectos que no estaban totalmente aclarados en el texto original.

El proyecto de ley (boletín 5406) permite la creación de la radiodifusión comunitaria, facilitando que dichos medios incorporen menciones comerciales del ámbito local, uno de los principales puntos de controversia de este tipo de emisoras con las radios comerciales más pequeñas, con quienes competirían por la torta publicitaria.

Este tema se convirtió en una de las grandes divergencias dentro de la Comisión que preside el diputado PPD Patricio Hales, además de otros puntos ampliamente discutidos como los años en los que se renovarían las concesiones otorgadas con fines sociales; su imposibilidad de ser traspasadas y la cantidad mínima y máxima de watts con la que podrán operar estos medios de comunicación.

Es por esto que el Subsecretario presentó ante los parlamentarios una indicación “que expresa un acuerdo amplio que se deriva de un trabajo muy serio y comprometido de ANARCICH y ARCHI con el Gobierno de Chile, en términos de poder lograr un equilibrio razonable entre el desarrollo para la radiodifusión comunitaria con las legitimas aspiraciones de las radios comerciales”, señaló.

El representante del Ejecutivo explicó que lo que se propone es permitir la entrada de ingresos por la vía de las menciones comerciales a través de un régimen de formalización con el que se generan los ingresos tributables. “Al mismo tiempo, queremos establecer una separación más estricta entre el espacio donde se desarrollan las radios comunitarias y el espacio en el cual se desarrollan las radios comerciales”, agregó.

Bello también dijo que la idea es que con esto se facilite la fiscalización de las radios no legales; se considera un espacio razonable para que nuevas radios comunitarias se agreguen al dial; se eliminan las micropotencias, que actualmente se están otorgando con la ley vigente a emisoras menores a 1 watt; se permite la generación de publicidad y se establece la obligación de que solamente las organizaciones sociales podrán acceder a estas concesiones.

El Presidente de la ARCHI, Luis Pardo, aclaró que con esto “se precisa una serie de elementos que no estaban del todo claros en el proyecto original respecto de cómo se organiza esta franja donde van a operar las radios de mínima cobertura y se establecen además, las condiciones mínimas de formalidad para que aquellas radios que quieran optar por la venta de publicidad o de menciones comerciales cumplan con el requisito básico de iniciación de actividades”.

Por su parte, el diputado DC, Renán Fuentealba valoró el acuerdo presentado en forma de indicación y dijo que “se transparenta finalmente el financiamiento y las competencias de ambos actores de la radiodifusión, tanto la comunitaria como la del espectro comercial. Creo que es un gran avance y lo importante es sacar un estatuto jurídico y legal para las radiodifusoras comunitarias que hoy día están en la tierra de nadie”.

Sin embargo, el diputado UDI Alejandro García-Huidobro dijo que hay que ser cauteloso y que la instancia estudiará cuidadosamente la indicación presentada debido a que “esto no va a afectar a las grandes cadenas emisoras, sino que podría afectar a las pequeñas radios comerciales que están en cualquiera de las regiones y que a la larga, pudieran tener una competencia absolutamente desleal con las radios comunitarias”.

Martes 30 de junio de 2009



“Parlamentario solicita aclarar inquietudes sobre proyecto de ley radiodifusión comunitaria”
El proyecto que está siendo analizado por las Comisiones Unidas de Obras Públicas y Libertad de Expresión, que preside el diputado PPD Patricio Hales, busca perfeccionar la ley que autorizó la creación de radios de baja potencia de carácter comunitario debido a la detección de limitantes, como la baja potencia autorizada, el estrecho límite de cobertura y las dificultades de financiamiento.

Financiamiento, propaganda y entrega de concesiones

Pese a las aclaraciones realizadas en la sesión por el Subsecretario Subrrogante de Telecomunicaciones Guillermo de la Jara y la intención de la Comisión de aprobar la idea de legislar el proyecto durante la próxima sesión, los diputados expresaron sus dudas sobre varios puntos. El diputado UDI Javier Hernández, manifestó sus dudas sobre los niveles de cobertura, financiamiento y el uso de propaganda que se puede generar en las radios comunitarias y que no se explicitan ni regulan en la iniciativa.

El parlamentario enfatizó que “lo que más nos preocupa es que la concesión se puede ceder a terceras personas y eso es lo que queremos que nos aclare el Ejecutivo, pero lo más fundamental es que las radios comunitarias estén lejos del aprovechamiento de la propaganda política o del uso o abuso de los partidos políticos”.

El diputado DC Mario Venegas, también señaló sus preocupaciones al respecto y dijo que pese a que no existe desacuerdo en aprobar el proyecto en términos generales, hay aspectos en particular que preocupan. “He manifestado mi preocupación respecto de las pequeñas radios comerciales que viven en una situación de precariedad económica muy grande y que al abrir el espacio para que estas radios comunitarias puedan tener comerciales se puede generar un peligro para su subsistencia”, añadió.

Por lo anterior, el parlamentario enfatizó la necesidad de que exista un fondo del Estado para ayudar a mantener estos medios de comunicación con fines sociales y al igual que otros parlamentarios, agregó que “no es clara la situación respecto del arrendamiento o cesión de la concesión, hay que especificar a quién puede cederse, para que no ocurra que finalmente éstas queden en manos de una persona natural u organización que sí persigue fines económicos”.

En tanto y pese a las dudas, el Presidente Nacional de las Radios Comunitarias de Chile, Alberto Cancino, subrayó la necesidad de que se avance sobre este tema y dijo respecto del financiamiento que “tenemos claro que la radio comunitaria tiene que tener algún tipo de financiamiento y no se le puede negar el derecho o el acceso a tener recursos vía publicidad”.

Asimismo, sobre el tema de las concesiones, el dirigente aclaró que “no se puede transferir una concesión de radio que pertenece a una organización social porque está establecido que sólo después de dos años que uno ha adquirido su concesión puede transferirla o venderla y la idea es que la concesión quede en manos de organizaciones sociales para que puedan desarrollarse durante los próximos 15 años”.

Por último, Cancino critico las inquietudes sobre la transmisión propagandística y dijo que “acá en Chile las radios comerciales no tiene fiscalizaciones de contenido y por qué lo va a tener una radio comunitaria que es mucho más territorial y cercana a la gente, eso consideramos que está fuera de toda norma”.

Postura del Gobierno

El Subsecretario (S) señaló estar conforme con el interés general de aprobar el proyecto, pese a las inquietudes que definió como comprensibles. Además, declaró que “muchas dudas ya fueron aclaradas en la sesión respecto del financiamiento y de la transferencia de la concesión”.

“Sobre transferir la concesión aclaramos que para que se efectúe esa trasferencia tienen que ser entidades que cumplan con los requisitos de las organizaciones sociales y por lo tanto, no es que se le traspase a cualquier entidad, sino que tienen que haber cumplido previamente con los requisitos que establecen los artículos 1, 2 y 3 del proyecto, donde se norma esta materia”.

Finalmente, el representante del Ejecutivo recalcó que “creemos que hay dudas razonables pero hay que entender que acá hay materias que son nuevas y que no están establecidas en ningún estatuto ni norma jurídica, así que para nosotros es prioritario tener aprobado en general este proyecto durante la próxima sesión”.





“LA CÁMARA EN LA RADIO -21 DE MAYO”
RADIO CÁMARA ON LINE, LA RADIO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE CHILE INFORMA QUE EL DÍA JUEVES 21 DE MAYO DE 2009 TRANSMITIRÁ EN DIRECTO –DESDE EL CONGRESO NACIONAL- LA CUENTA PÚBLICA ANUAL DE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA MICHELLE BACHELET.

EL MENSAJE PRESIDENCIAL ESTARÁ INSERTO EN EL PROGRAMA ESPECIAL “LA CÁMARA EN LA RADIO -21 DE MAYO” , CONDUCIDO POR LA PERIODISTA GABRIELA NUÑEZ, QUE COMENZARÁ A TRANSMITIRSE A LAS 9:00 HRS CON NOTAS, CONTACTOS EN VIVO Y ENTREVISTAS.

TRAS EL ANUNCIO PRESIDENCIAL RETOMAREMOS EL PROGRAMA ESPECIAL A FIN DE EMITIR LAS IMPRESIONES DE PARLAMENTARIOS Y AUTORIDADES RESPECTO AL DISCURSO Y LOS ANUNCIOS DEL EJECUTIVO.

INVITAMOS A LAS RADIOS INTERESADAS A UNIRSE A NUESTRA TRANSMISIÓN A PARTIR DE LA 9 DE LA MAÑANA Y, CON EL FIN DE PODER NOMBRARLAS DENTRO DE NUESTRA TRANSMISIÓN EN VIVO, ROGAMOS ENVIAR UN MAIL CON EL NOMBRE DE LA EMISORA Y LA CIUDAD/REGIÓN A LA CUAL PERTENECE A bbarraza@congreso.cl
RADIO CÁMARA ON LINE

PAUTA TEMÁTICA

PROGRAMA ESPECIAL 21 DE MAYO


9:00: BIENVENIDA

CONTEXTUALIZACIÓN “ÚLTIMA CUENTA DE LA PRESIDENTE MICHELLE BACHELET)

PROTOCOLO DEL EVENTO (ENTREVISTA)

CONTACTO EN DIRECTO CON PERIODISTA EN ENTRADA DEL CONGRESO POR PEDRO MONTT

DATOS

ENTREVISTA A JEFES DE BANCADAS Y SUS EXPECTATIVAS

SEGURIDAD DEL EVENTO (ENTREVISTA EDECÁN SENADO Y CARABINEROS)

TEMAS DE CONTINGENCIA (POR EJM: MARCHA PROFESORES)

CONTACTO EN DIRECTO CON PERIODISTA EN SALÓN DE HONOR

NOTAS PERIODÍSTICAS

9:45 LLEGADA DE PRESIDENTA

9:50 A 10:00 SEÑAL OFICIAL DESDE EL SALÓN DE HONOR

12:00 12:30 (TENTATIVO) FIN DE LA CUENTA

12:31 SE RETOMA PROGRAMA ESPECIAL

SÍNTESIS DE LOS ANUNCIOS

ENTREVISTAS EN DIRECTO DESDE HALL PPAL SALÓN DE HONOR

(DIPUTADOS POR PARTIDO, MINISTROS, PDTE SENADO)

RESUMEN

DESPEDIDA



La propuesta del Ejecutivo, incorporada en el proyecto que analizan las Comisiones Unidas de Obras Públicas y Libertad de Expresión, permite que las radios comunitarias incorporen menciones comerciales del ámbito local, uno de los principales puntos de controversia de este tipo de emisoras con las radios comerciales más pequeñas, con quienes competirían por la torta publicitaria.


A la sesión de esta mañana asistió Pablo Bello, Subsecretario de Telecomunicaciones, quien afirmó que la iniciativa (boletín 5406) “es un proyecto altamente anhelado por la Presidenta y por el Ejecutivo, consideramos que es indispensable que las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil puedan tener un espacio en la radio, para poderse expresar de la mejor manera y eso contribuye al pluralismo y a la democracia”.

Explicó que el texto legal “contempla la posibilidad de que las radios comunitarias puedan hacer lo que se llama menciones comerciales, es decir puedan establecer cierta modalidad para difundir actividades o negocios, comerciales o no en el ámbito local, y que a partir de aquello puedan generar un ingreso para financiar sus actividades”.

De esta forma, la autoridad recalcó que “esperamos por cierto que las radios comunitarias, en el futuro, no dependan con esta ley ni de la caridad ni de fondos de distinta naturaleza, sino que puedan gestionar y conseguir sus propios recursos para operar en forma adecuada”.

Por su parte, Alberto Cancino, Presidente de la Asociación Nacional de Radios Comunitarias, manifestó su apoyo a la propuesta y señaló que el organismo busca asegurar tres aspectos principales en el proyecto de ley. “Tenemos que asegurar que la propiedad de estos medios de comunicación estén en manos de las organizaciones sociales propias de la sociedad civil”, detalló.

En segundo lugar, manifestó que es necesario asegurar y mejorar las condiciones técnicas y jurídicas del actual marco. “Necesitamos cambiarlo porque necesitamos eliminar el tema de discriminación en cuanto a potencia, en cuanto a los años de concesión y también con el tema de la publicidad”.



También se refirió a la sustentabilidad que deben tener las radios comunitarias. “En ese aspecto nosotros hemos sido enfáticos en señalar que una radio comunitaria tiene que ser rentable y puede producir y recibir financiamiento en función de alcanzar los objetivos para los cuales está”.

Recordó que “no existe ningún fundamento, ningún antecedente que prohíba que la radio comunitaria no pueda tener sustentabilidad y menos que no tenga publicidad”.

Respecto a las aprensiones manifestadas en la sesión anterior por representantes de la ARCHI (Asociación de Radiodifusoras de Chile), respecto a que incorporar publicidad en radios comunitarias podría perjudicar a las emisoras comerciales más pequeñas, Cancino dijo que “todos tenemos que jugar con las mismas reglas, o sea, por qué no permitir a las radios comunitarias tener publicidad, si en ese sentido nuestra propuesta es tan amplia como la de ellos y por lo hay que dejar que el mercado regule, como es parte de su discurso”.

Asimismo, Cancino señaló que buscan que el proyecto garantice que los concesionarios de radios comunitarias sean efectivamente organizaciones sociales. “Tenemos 130 empresas comerciales que hoy día tienen radios comunitarias, o de mínima cobertura”, explicó, agregando que gracias a ellas, conglomerados más grandes pueden establecer cadenas a nivel nacional de una forma menos costosa.

Por su parte, el diputado PPD Patricio Hales, Presidente de la Comisión de Obras Públicas, destacó que el Gobierno haya determinado otorgarle suma urgencia. Explicó asimismo que el 3 de junio se votará en general la iniciativa, para luego proceder a la revisión del articulado.

El legislador añadió que existe concordancia en todos los sectores respecto a la potencia y a la amplitud de las emisoras, pero ratificó que aún no hay acuerdos en el tema del financiamiento y el avisaje.

Al respecto, el diputado Hales dijo que “quienes tenemos experiencia y hemos participado en radios comunitarias, sabemos que están liquidadas en Chile y no van a existir en Chile y no van a dar cabida a la posibilidad de participación social, a la identidad nacional, a la identidad cultural, a la identidad democrática de Chile, si no tienen financiamiento”.

Añadió que “las radios tienen que tener una fórmula (de financiamiento) establecida por la propia ley que se los autorice. Si ellos no quieren transformarse en avisadores, pues que no lo hagan. Pero a mí me parece interesante la fórmula que ha planteado el Gobierno”.

Martes 19 de mayo de 2009





Publicado el 12 de mayo del 2009

Después de un año y siete meses de estar paralizado, el Gobierno y la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara reactivaron el trámite del proyecto que crea los servicios de radiodifusión comunitaria ciudadana.
La presentación de la iniciativa de origen gubernamental fue realizada por la Ministra Secretaria General de Gobierno, Carolina Tohá, y por el Subsecretario de Telecomunicaciones, Pablo Bello, quienes destacaron la necesidad de perfeccionar la ley que autorizó la creación de radios de baja potencia de carácter comunitario debido a la detección de limitantes, tales como la baja potencia autorizada, el estrecho límite de cobertura y las dificultades de financiamiento.

Pablo Bello explicó que el proyecto (boletín 5406) amplía el límite de potencia de 1 a 25 watts, lo que unido a una autorización más amplia de perímetro de operación (al menos deberá comprender todo el territorio comunal, llegando incluso a toda la región), permite extender el nivel de cobertura de estas radios.

Otro punto destacado fue la creación de un estatuto jurídico específico para las radios comunitarias, las cuales deberán estar a cargo de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro. Los titulares de estaciones que no cumplan con esta condicionante y que estén interesados en mantener su concesión, contarán con un plazo de 180 días para regularizar su situación, una vez concluida la vigente.

Financiamiento de radios comunitarias

Uno de los temas de amplio debate durante la sesión fue lo relativo al sistema de financiamiento de las radios comunitarias. Para el diputado RN René Manuel García, es preciso consagrar un sistema adecuado que permita la subsistencia de las radios comunitarias, por lo cual cuestionó la imposibilidad que se establece para que dichas estaciones perciban recursos vía publicidad.

En otra perspectiva, el DC Mario Venegas alertó que posibilitar el financiamiento publicitario podría sentenciar a muerte a las pequeñas radios comerciales, ya que podrían competir por el mismo tipo de avisaje. Asimismo, el PPD Jaime Quintana planteó que esa perspectiva podría ser la puerta de entrada a una constitución disfrazada de una radio comercial. “Hoy tenemos radios que se han convertido en una competencia desleal para las radios comerciales”, sentenció.

Al respecto, la ministra Tohá indicó que la fórmula propuesta por el Ejecutivo es la entrega de una autorización para “menciones comerciales” restringidas a empresas dentro del ámbito de cobertura de la radio, además de la posibilidad de que reciban donaciones como cualquier otra organización no gubernamental sin fines de lucro.

“El debate es totalmente válido, las inquietudes son totalmente justificadas y atendibles, pero eso no nos puede paralizar, porque la experiencia en muchos países nos ha mostrado que con una buena regulación, con normas claras, puede haber espacio para grandes cadenas, para radios comerciales con sedes más bien regionales y también para aquellas que tengan una cobertura del mundo comunitario”, enfatizó.

Finalmente, la ministra explicó que la calificación de suma urgencia buscó reactivar el trámite de la iniciativa, dado que llevaba mucho tiempo a espera de ser debatida. Sin embargo dijo que se irán adaptando las urgencias conforme avance la discusión, sin obligar a definiciones cuando el debate no está aún maduro.


editor@congreso.cl













Bajo el lema el "Derecho a la expresión también es un derecho del niños”

Radio Comunitaria Nueva Era organizó el pasado 20 de diciembre un encuentro regional, para discutir y presentar sus programas realizados exclusivamente por niños.

Radio Nueva Era ha implementado tres programas de niños uno es: PREGUNTO ME INFORMO Y PREVENGO, financiado por el CONACE ; TRATEMONOS BIEN, apoyado por alumnos de psicología de la UCM, y el otro de corte juvenil llamado GRITO JUVENIL financiado por fondo de los medios año 2008 y patrocinado por la oficina de protección de derechos de la infancia OPD Talca.

Lo que se busca con estos programas radiales, es que la comunidad, considere sus opiniones y las consideren en la planificación de toma de decisiones, generando con esto una comunidad que crece y se desarrolla teniendo en cuenta los derechos de los niños y niñas del país.



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